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Caso 1 (la congresista salvada): Margarita Sucari Cari

Publicado: 2008-09-27

Ficha Técnica.-Nombre: Margarita Teodora Sucari CariProfesión: Químico Farmaceútico Congresista por Puno.Partido por el cual fue elegida: UPPBancada: Unidad Popular Patriótica“Soy una mujer que he salido de abajo producto de mi esfuerzo, de mi sacrificio, de mi dedicación.”. Pleno del Congreso, 25 de setiembre del 2008. (¿Y quién no?)Acusaciones: -          Haber solicitado a la señora Ivonne Araujo, la entrega de parte de su remuneración, con la finalidad de financiar el pago de otras personas que trabajaban para ella y que no estaban en la planilla del Congreso. -          Autorizar el pago de un mes de sueldo a favor de la señora Ivonne Araujo, sin que ella hubiera trabajado en ese mes en el Congreso de la República. -          Exigir la entrega de una parte de su remuneración al personal que labora para ella y que se encuentra en la planilla del Congreso, para financiar pagos a otros trabajadores. Informe de la Comisión de ética: -          “la Comisión considera que el diálogo muestra claramente que la congresista denunciada, solicitó parte de su remuneración a la señora Araujo, con la finalidad de pagar a otros trabajadores que no figurarían en la planilla del Congreso”-          “La Comisión aprecia el conocimiento que tenía la congresista Sucari Cari, respecto del hecho de disponer el pago por un trabajo no realizado por la señora Araujo” -          “la comisión ha recibido las declaraciones juradas legalizadas por notario público de los trabajadores del despacho de la congresista Sucari Cari en la cual todos ellos, incluso los involucrados en el reportaje periodístico que dio origen a la presente investigación niegan haber sido motivo de algún tipo de recorte de sus remuneraciones”.Conclusión del Informe: "al haber infringido los artículos 1.°; 2.°; 3.° y 4.° literal a) del Código de Ética Parlamentaria imponiéndosele la suspensión de 60 días en el ejercicio del cargo con los descuentos de haberes correspondientes". Después del informe surge el primer intento para salvar a la congresista de la acusación constitucional:Congresista LUIZAR OBREGÓN: “En este sentido, Presidente, mi grupo parlamentario considera que el caso de la congresista Margarita Sucari es un caso especial. Nosotros consideramos que no se ha acreditado el indicio en este caso probatorio y que no ameritaría una acusación constitucional; sin embargo, el daño generado, los errores cometidos por la congresista, merecen ser sancionados por la Comisión de Ética de manera más drástica.”La suspensión de 60 días es aprobada por una votación de 87 a favor, 0 en contra y 4 abstenciones. (¿Quiénes fueron esos 4?)Acusación Constitucional:Por lo expuesto, con los fundamentos referidos, la Subcomisión Acusadora solicita que el Pleno del Congreso, acuse constitucionalmente a la congresista Margarita Sucari Cari, por la presunta comisión de los delitos de concusión y falsedad genérica. Segundo, que el Pleno del Congreso suspenda temporalmente a la congresista Margarita Sucari Cari en el ejercicio de sus funciones como congresista, durante el período de duración del proceso que se abra en su contra ante la instancia jurisdiccional correspondiente.Lo curioso del procedimiento es que en este caso el Presidente del Congreso se mostró muy solicito en que la votación se realizara delito por delito, y no como en el caso del otro congresista, en bloque. 1. Declarar ha lugar a la formación de causa contra la Congresista de la República, Margarita Teodora Sucari Cari, por su presunta responsabilidad en la comisión del delito de concusión." Por su presunta responsabilidad en la comisión del delito de concusión, 30 señores congresistas, 21 en contra y nueve se abstienen. No alcanzó el número requerido la votación.   2. “Segundo, declarar ha lugar a la formación de causa contra la Congresista de la República Margarita Teodora Sucari Cari por su presunta responsabilidad en la comisión del delito de falsedad genérica, ilícito previsto y sancionado en el artículo 438.° del Código Penal.” Por su presunta responsabilidad en la comisión del delito de falsedad genérica, 43 señores congresistas, 12 en contra y cinco se abstienen. NO alcanzó el número requerido.Nota: Lo curioso de esta última votación es que cuando en un principio se creía que iba a ser procesada por falsedad genérica se hace la consulta a la Mesa Directiva y se acuerda definitivamente la votación mínima en 45 y no en 43 como se hizo en el caso del otro congresista sancionado.


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